· Los socialistas han solicitado que se informe al Pleno de la Corporación, y a la ciudadanía en general, de la Sentencia del Tribunal Supremo que anula la Ponencia de Valores del año 2005.
Ante las diferentes consultas realizadas por ciudadanos y colectivos de La Vila Joiosa en alusión a la interposición de recurso contencioso administrativo presentado por un vecino del municipio disconforme con las valoraciones catastrales y Ponencia de Valores del municipio, hemos tenido conocimiento que en fecha 31 de Enero de 2011 se dictó Sentencia nº 89 por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia en materia de asignación de valores catastrales y Ponencia Catastral de valores. En dicha Sentencia quedaba anulada tanto la valoración catastral individualizada, como la propia Ponencia de Valores.
Contra la misma, cabía recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, cosa que así hizo el abogado del Estado, dictándose Auto con fecha 26 de enero de 2012 por lo que declarada la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO contra la Sentencia nº 89 de 31 de enero de 2011 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 3ª del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dictada en el P.O. 3633/2008, resolución que se declara firme.
Siendo la sentencia dictada por el TSJCV en fecha 31 de enero de 2011 firme, y estando obligado por tanto el Ayuntamiento a su cumplimiento, el Partido Socialista ha presentado una moción para su deliberación en el próximo pleno ordinario solicitando que se informe, a la ciudadanía en general y al Pleno en particular, de la firmeza de dicha Sentencia así como de las medidas adoptadas y/o que se vayan a adoptar por parte del equipo de Gobierno local para hacer efectiva esta sentencia.
Igualmente, se pide que se faciliten todos los mecanismos necesarios, a favor de los sujetos pasivos, para que en cada momento estén informados de las medidas adoptadas, bien sea través del Ayuntamiento, por la Gerencia Territorial del Catastro o por Suma Gestión Tributaria.