En el Pleno extraordinario celebrado en el Ayuntamiento de Villajoyosa el día 11 de septiembre de 2009, se acordó por unanimidad proceder a la confección del pliego de condiciones para la licitación pública para la elección de la empresa que deberá auditar la gestión y las cuentas de Aquagest Levante S.A., como concesionaria del servicio público de agua potable en el municipio de Villajoyosa.
Por otra parte, se propuso, y finalmente se acordó por el Pleno, requerir a dicha empresa, para que aportara los documentos justificativos de la gestión y rendición de cuentas anuales llevada a cabo en los ejercicios 2.007 y 2.008, todo ello con el fin de efectuar el correspondiente control sobre la misma.
A día día de hoy, no se ha cumplido con el acuerdo alcanzado en el Pleno citado, con lo que el actual equipo de gobierno está incumpliendo exprésamente lo aprobado un acuerdo plenario.
Se ha solicitado por parte de todos los grupos de la oposición que se proceda al debido cumplimiento de todos los términos alcanzados en el acuerdo de fecha 11 de Septiembre de 2.009, entendiendo que dicho acuerdo es inmediatamente ejecutivo.
Con este proceder el alcalde está prevaricando pues siendo conocedor de los términos marcados en el pliego de cláusulas administrativas que exige auditar la gestión y las cuentas de Aquagest no lo ha realizado, obviando asímismo el acuerdo plenario.
Por otra parte, se propuso, y finalmente se acordó por el Pleno, requerir a dicha empresa, para que aportara los documentos justificativos de la gestión y rendición de cuentas anuales llevada a cabo en los ejercicios 2.007 y 2.008, todo ello con el fin de efectuar el correspondiente control sobre la misma.
A día día de hoy, no se ha cumplido con el acuerdo alcanzado en el Pleno citado, con lo que el actual equipo de gobierno está incumpliendo exprésamente lo aprobado un acuerdo plenario.
Se ha solicitado por parte de todos los grupos de la oposición que se proceda al debido cumplimiento de todos los términos alcanzados en el acuerdo de fecha 11 de Septiembre de 2.009, entendiendo que dicho acuerdo es inmediatamente ejecutivo.
Con este proceder el alcalde está prevaricando pues siendo conocedor de los términos marcados en el pliego de cláusulas administrativas que exige auditar la gestión y las cuentas de Aquagest no lo ha realizado, obviando asímismo el acuerdo plenario.