- El Presupuesto Municipal 2011 omite en el estado de gastos créditos reconocidos por sentencia firme.
Según el Grupo Municipal Socialista, el Presupuesto debe incluir todas las cantidades reconocidas por resolución judicial firme y no satisfechas. La interventora municipal, en el informe que acompaña al proyecto de Presupuestos, ha advertido que “para el pago de las cantidades económicas a las que ha sido condenado el Ayuntamiento en sentencia firme y que no tienen consignación presupuestaria, es requisito indispensable que los órganos políticos competentes adopten las medidas necesarias para... habilitar crédito suficiente para la realización del abono de los mismos”. A pesar de este aviso, el Partido Popular ha hecho caso omiso y ha aprobado un presupuesto sin contemplar crédito para algunas sentencias judiciales firmes.
Las cantidades pendientes de satisfacer por resoluciones judiciales con repercusión económica para el Ayuntamiento de La Vila y no presupuestadas ascienden a 203.258,61 euros. Además, hay que añadir cuatro procedimientos de los que están pendientes calcular los intereses, un procedimiento del que está pendiente el cálculo de las costas y otro pendiente de valorar la indemnización por daños y perjuicios.
Además de las mencionadas resoluciones judiciales que ya tienen fuerza ejecutiva, hay que señalar que, en palabras de la interventora, “se siguen interponiendo varios recursos contencioso-administrativos contra el Ayuntamiento que, de ser estimados por el órgano judicial, supondrían una nueva cantidad económica a satisfacer por el Consistorio”.
Respecto a las sentencias que hacen referencia al Patrimonio Municipal del Suelo, cuya cuantía asciende a 22.944.330,18 euros, hasta el día de hoy únicamente se han pagado 355.476,35 euros, por lo que el Ayuntamiento aún debe 22.588.853,83 euros al PMS.
Según Intervención, “las cantidades a que ascienden las condenas tanto en cantidades económicas líquidas como las referentes al Patrimonio Municipal del Suelo en sentencia firme y las previsibles que puedan llegar en un futuro, los intereses de demora que generan, las indemnizaciones por daños y perjuicios, así como los honorarios profesionales y las costas, supone una elevada cantidad pecuniaria a la que el ayuntamiento debe hacer frente, que sumado a la difícil situación económica por la que atraviesa la hacienda municipal..., hace que sus arcas cada vez resulten más deficientes para poder hacer frente a todos los pagos”. Continúa el informe avisando que “las administraciones públicas, las autoridades y funcionarios, las corporaciones...respetarán y, en su caso, cumplirán las sentencias y las demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza o sean ejecutables de acuerdo con las leyes”.
En este sentido, “esta Intervención tiene la obligación de advertir de la posibilidad de que en un futuro el incumplimiento de estas resoluciones judiciales, por la imposibilidad real de pago o por dar prioridad a otros pagos frente a estos, origine el embargo tanto de las cuentas como de los bienes municipales. Es más, se prevén la posibilidad de imposición de multas cohercitivas e incluso la exigencia de responsabilidad penal a los responsables de su incumplimiento”. De hecho, los Tribunales jurisdicionales ya han sancionado a este Ayuntamiento por el retraso en el cumplimiento de algunas de las sentencias condenatorias.
Por último, en cuanto a la colisión entre el derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales en sus propios términos y el privilegio de inembargabilidad de los bienes de las Haciendas Locales, la interventora municipal recuerda “la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 1 de diciembre de 1998, núm.218/1998” y pone como ejemplo más reciente “de que esta posibilidad se puede convertir en una realidad” el caso del municipio valenciano de Llaurí.
Para el portavoz socialista, Gaspar Lloret, “el atrevimiento de nuestro alcalde tránsfuga no tiene límites, puesto que atreverse a aprobar un Presupuesto sin tener en cuenta las indicaciones de la interventora municipal es de una irresponsabilidad propia de personas inconscientes que no pueden ni deben dirigir los asuntos públicos, a riesgo de caer en el abismo de la bancarrota. Lo único que nos faltaba es que nos embarguen los bienes municipales. Si esto se lleva a cabo, el expolio de los tránsfugas será completo. Ni Atila llegó tan lejos”.
Según el Grupo Municipal Socialista, el Presupuesto debe incluir todas las cantidades reconocidas por resolución judicial firme y no satisfechas. La interventora municipal, en el informe que acompaña al proyecto de Presupuestos, ha advertido que “para el pago de las cantidades económicas a las que ha sido condenado el Ayuntamiento en sentencia firme y que no tienen consignación presupuestaria, es requisito indispensable que los órganos políticos competentes adopten las medidas necesarias para... habilitar crédito suficiente para la realización del abono de los mismos”. A pesar de este aviso, el Partido Popular ha hecho caso omiso y ha aprobado un presupuesto sin contemplar crédito para algunas sentencias judiciales firmes.
Las cantidades pendientes de satisfacer por resoluciones judiciales con repercusión económica para el Ayuntamiento de La Vila y no presupuestadas ascienden a 203.258,61 euros. Además, hay que añadir cuatro procedimientos de los que están pendientes calcular los intereses, un procedimiento del que está pendiente el cálculo de las costas y otro pendiente de valorar la indemnización por daños y perjuicios.
Además de las mencionadas resoluciones judiciales que ya tienen fuerza ejecutiva, hay que señalar que, en palabras de la interventora, “se siguen interponiendo varios recursos contencioso-administrativos contra el Ayuntamiento que, de ser estimados por el órgano judicial, supondrían una nueva cantidad económica a satisfacer por el Consistorio”.
Respecto a las sentencias que hacen referencia al Patrimonio Municipal del Suelo, cuya cuantía asciende a 22.944.330,18 euros, hasta el día de hoy únicamente se han pagado 355.476,35 euros, por lo que el Ayuntamiento aún debe 22.588.853,83 euros al PMS.
Según Intervención, “las cantidades a que ascienden las condenas tanto en cantidades económicas líquidas como las referentes al Patrimonio Municipal del Suelo en sentencia firme y las previsibles que puedan llegar en un futuro, los intereses de demora que generan, las indemnizaciones por daños y perjuicios, así como los honorarios profesionales y las costas, supone una elevada cantidad pecuniaria a la que el ayuntamiento debe hacer frente, que sumado a la difícil situación económica por la que atraviesa la hacienda municipal..., hace que sus arcas cada vez resulten más deficientes para poder hacer frente a todos los pagos”. Continúa el informe avisando que “las administraciones públicas, las autoridades y funcionarios, las corporaciones...respetarán y, en su caso, cumplirán las sentencias y las demás resoluciones judiciales que hayan ganado firmeza o sean ejecutables de acuerdo con las leyes”.
En este sentido, “esta Intervención tiene la obligación de advertir de la posibilidad de que en un futuro el incumplimiento de estas resoluciones judiciales, por la imposibilidad real de pago o por dar prioridad a otros pagos frente a estos, origine el embargo tanto de las cuentas como de los bienes municipales. Es más, se prevén la posibilidad de imposición de multas cohercitivas e incluso la exigencia de responsabilidad penal a los responsables de su incumplimiento”. De hecho, los Tribunales jurisdicionales ya han sancionado a este Ayuntamiento por el retraso en el cumplimiento de algunas de las sentencias condenatorias.
Por último, en cuanto a la colisión entre el derecho a la ejecución de las resoluciones judiciales en sus propios términos y el privilegio de inembargabilidad de los bienes de las Haciendas Locales, la interventora municipal recuerda “la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 1 de diciembre de 1998, núm.218/1998” y pone como ejemplo más reciente “de que esta posibilidad se puede convertir en una realidad” el caso del municipio valenciano de Llaurí.
Para el portavoz socialista, Gaspar Lloret, “el atrevimiento de nuestro alcalde tránsfuga no tiene límites, puesto que atreverse a aprobar un Presupuesto sin tener en cuenta las indicaciones de la interventora municipal es de una irresponsabilidad propia de personas inconscientes que no pueden ni deben dirigir los asuntos públicos, a riesgo de caer en el abismo de la bancarrota. Lo único que nos faltaba es que nos embarguen los bienes municipales. Si esto se lleva a cabo, el expolio de los tránsfugas será completo. Ni Atila llegó tan lejos”.